FECHA: 17 de julio de 2024
El Congreso ha aprobado recientemente la reforma pensional que marcará un cambio significativo en el sistema de pensiones del país. La nueva normativa entrará en vigor el 1 de julio de 2025, introduciendo una serie de modificaciones y beneficios para diferentes sectores de la población.
Para aquellos que han acumulado más de 750 semanas (mujeres) o 900 semanas (hombres), podrán seguir con el régimen actual. En cuanto a los traslados, los afiliados que estén a 10 años de pensionarse o próximos a hacerlo tendrán la opción de trasladarse a Colpensiones; Este proceso podrá iniciarse de inmediato y los interesados dispondrán de un período de 2 años para completar el traslado, contados desde la promulgación de la ley.
Entre las principales modificaciones, se destaca la implementación de un bono pensional destinado a quienes nunca han cotizado. Además, las madres podrán beneficiarse de una reducción en el número de semanas requeridas para acceder a la pensión, con un ajuste por cada hijo. También se han establecido medidas específicas para facilitar el acceso a la pensión a comunidades étnicas y campesinas, promoviendo una mayor inclusión.
Cambios en Edad y Requisitos de Pensión
La reforma no modifica las edades de pensión: los hombres podrán jubilarse a los 62 años y las mujeres a los 57 años. Sin embargo, a partir de 2036, se introducirán reducciones en las semanas requeridas para las mujeres.
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Este proyecto de ley contará con cuatro pilares importantes donde los colombianos están sectorizados para así garantizar el acceso de los colombianos en la vejez:
Pilar Solidario: Ofrecerá un bono pensional de $223,800 a personas en el Sisbén A1 a C3 que no consigan una pensión.
Pilar Semicontributivo: Proporcionará una renta vitalicia a quienes hayan cotizado entre 300 y 999 semanas. Adicionalmente, se sumará un 3% E.A. a lo ahorrado y se otorgará un subsidio del 20% a los hombres y del 30% a las mujeres.
Pilar Contributivo: Los trabajadores deberán cotizar hasta 2.3 salarios mínimos en Colpensiones, con el resto destinado a fondos privados. La tasa de cotización será del 16% del ingreso base, con el 75% cubierto por los empleadores y el 25% por los trabajadores.
Pilar de Ahorro Voluntario: Estará dirigido a quienes deseen realizar aportes adicionales para mejorar su pensión futura.